Prestación por riesgo durante la lactancia natural

La Prestación por Riesgo Durante la Lactancia es una de las ayudas económicas más demandas en la Seguridad Social de España. Durante el tiempo de lactancia natural, la madre puede presentar una serie de inconvenientes a causa de su actividad laboral, bien sea por la incompatibilidad de horarios o debido a problemáticas que pueden ocasionarse en su lugar de trabajo y pudiese generar una toxicidad en la leche materna.

Debido a todo esto, es necesario reubicarla y, de no conseguir un espacio para ella, deberá de suspender su labor dentro de la empresa de manera temporal.

Esto último puede generar a la madre una pérdida de ingresos debido a que no tiene percibe a causa del cese de sus labores. Por ello, la Seguridad Social la protege otorgándole una prestación por riesgo durante la lactancia natural, sigue leyendo para que conozcas todo sobre este tipo de prestación económica.

¿Qué es la prestación por riesgo durante la lactancia natural?

La prestación por riesgo durante la lactancia natural es un beneficio establecido por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social para aquellas madres que se encuentran en periodo de lactancia a un bebé menor de 9 meses y se encuentra expuesta a factores o condiciones de riesgo en su sitio laboral habitual.

Debido a este trabajo tan riesgoso, a la madre se le obliga a suspender su relación laboral por un lapso determinado, en otras palabras, puede entender como una ayuda que proporciona el estado como consecuencia de la situación particular de la madre.

Para optar a dicho beneficio es necesario que en su sitio laboral hayan realizado las gestiones o agotado los esfuerzo de solventar la situación de riesgo en la cual se encuentran.

Entre dichas acciones que deben tomar se encuentra inicialmente intentar un cambio de actividad o trabajo que realiza la madre en periodo de lactancia o las constancias o justificaciones que impiden dicho cambio o sustitución.

Supuestos de riesgo para las mujeres durante la lactancia

Existen una serie de factores o supuestos de riesgo para la madre en periodo de lactancia, la Seguridad Social ha destacado algunos supuestos de riesgo de toxicidad que son necesarios saber:

  •         El trabajo en zonas de radiación ionizante.
  •         En zonas de Calor excesivo.
  •         Contacto con mercurio, manganeso, entre otros elementos químicos.
  •         Manipulación de medicamentos o elementos citotóxicos o citostáticos.
  •         Trabajos de minerías entre otros elementos.

La toxicidad es uno de los principales supuestos o factores de riesgo que considera la Seguridad Social para decidir que la madre debe abandonar o retirarse de su sitio laboral. Sin embargo, no se puede descartar los cambios o desórdenes biológicos que puede sufrir la madre como consecuencia de su jornada laboral, en aquellos casos en los cuales su horario es nocturno o por jornadas de periodos irregulares.

Sin embargo, es importante destacar que los profesionales médicos son los únicos con los conocimientos y la pericia necesarios para establecer o reconocer los posibles supuestos o factores de riesgo, quien deberá emitir un informe médico detallado, en el cual se establecerán expresamente las condiciones y los factores de riesgo para la madre lactante.

¿Quiénes pueden beneficiarse?

En principio podrán ser beneficiadas todas aquellas madres trabajadoras que se encuentren en periodo de lactancia con un bebé menor de 9 meses de nacido.  Incluso aquellas madres que presten sus servicios en empresas o instituciones en situación de dependencia, que trabajen en cooperativas, las que trabajen por cuenta propia, trabajadoras domésticas, especialmente aquellas que laboran en el mar o minerías subterráneas.

Sin embargo, deben concurrir una serie de requisitos, a saber:

  1. Que se encuentre en situación de suspensión del contrato laboral por los riesgos que pueda presentar a la lactancia.
  2. Estar afiliada a la Seguridad Social y encontrase solvente de las cuotas.
  3. Estar incluidas en los censos correspondientes, en caso de encontrarse laborando en profesiones que sean consideradas situación alta en riesgo.

Aquellas trabajadoras que realicen más de una actividad laboral tendrán derecho a recibir un subsidio por aquellas actividades consideradas de alto riesgo. En estos casos no resultara necesario la validación de las cotizaciones, sin embargo, deberán proporcionar los elementos o documentos que justifiquen el riesgo que alega.

Cuantías

La trabajadora tendrá derecho a percibir desde el mismo día de la suspensión del contrato laboral hasta que el bebé cumpla los 9 meses de edad, un monto equivalente al 100% de la base reguladora atribuida por incapacidad temporal o médica.

Solicitud y documentación necesaria

A los fines de iniciar el procedimiento para obtener la prestación por riesgo durante la lactancia materna, además de cumplir con las condiciones indicadas anteriormente, se debe presentar una serie de documentos:

  • Modelo de Solicitud, al cual se le deberá anexar los siguientes documentos:
  • Documento de identificación
  • DNI o NIE.
  • En caso de ser extranjera comunitaria, deberá consignar el pasaporte.
  • Constancia de cotización de acuerdo a la actividad que realiza.
  • Documentación que acredite la situación de riesgo, tales como el informe médico o certificación emitida por la Seguridad Social, certificación donde se establezcan los factores o condiciones que afectan a la madre.

 

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